Beneficios
En FEFNA, nuestro compromiso es brindarte apoyo y soluciones que realmente impacten tu bienestar y el de tu familia. Como asociado, accedes a una amplia gama de beneficios diseñados para mejorar tu calidad de vida

Obsequios

Obsequios
Pensando en el bienestar de nuestros asociados, se les entrega obsequios en fechas especiales como: Día de los niños, Día de la familia y Navidad.

Rendimientos
Durante cada periodo entrega a sus asociados rendimientos sobre sus ahorros permanentes con tasas activas.

Educativo
Realizamos durante el año talleres, charlas y cursos en diferentes áreas, como economía solidaria, riesgo, contabilidad, finanzas, redes sociales, Excel, entre otros.
Auxilios
Te traemos las mejores alternativas de crédito para que
puedas cumplir tus sueños y los de tu familia.

Póliza Exequial
Para las personas que sostengan la calidad de asociados del FEFNA, se les cubrirá el 100% del valor de la póliza de previsión exequial anual, según plan básico seleccionado por la Junta Directiva y Gerencia a la vigencia del año en curso. Los planes que superen esta tarifa se les reconocerá el cubrimiento básico.
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 15.1
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 15.1

Incapacidad por enfermedad
del asociado
El FEFNA podrá asignar auxilio por incapacidad con las siguientes características:
• Incapacidad igual o mayor a 30 (treinta) días calendario, certificada.
• exclusivamente por la EPS, ARL o medicina prepagada según sea el caso.
• La incapacidad debe ser continua.
• Valor de auxilio 1 (un) S.M.M.L.V.
• Este auxilio podrá ser entregado al Asociado cada 3 (tres) años contados desde la fecha de desembolso del anterior auxilio por el mismo concepto.
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 17.1
• Incapacidad igual o mayor a 30 (treinta) días calendario, certificada.
• exclusivamente por la EPS, ARL o medicina prepagada según sea el caso.
• La incapacidad debe ser continua.
• Valor de auxilio 1 (un) S.M.M.L.V.
• Este auxilio podrá ser entregado al Asociado cada 3 (tres) años contados desde la fecha de desembolso del anterior auxilio por el mismo concepto.
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 17.1

Auxilios Médicos
El Fondo de Empleados, podrá otorgar auxilios por conceptos médicos a los Asociados y por medio de él a su Grupo Familiar Básico en casos de necesidad comprobada .
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 18.1, Art 18.1.1, Art 18.2, Art 18.2.2, Art 18.3, Art 18.3.1, Art 18.4, Art 18.4.1, Art 18.5, Art 18.5.1, Art 18.6 y Art 18.6.1.
Conoce más aquí
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 18.1, Art 18.1.1, Art 18.2, Art 18.2.2, Art 18.3, Art 18.3.1, Art 18.4, Art 18.4.1, Art 18.5, Art 18.5.1, Art 18.6 y Art 18.6.1.
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Otros Auxilios
Campañas masivas de contribuciones con la comunidad colombiana, originadas por calamidades debido a catástrofes naturales o causadas por el hombre o situaciones similares de impacto social, para lo cual se dejará constancia. El auxilio será de hasta 1 (un) S.M.M.L.V.
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 19.
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 19.

Póliza de Hogar
El FEFNA destinará el porcentaje del valor correspondiente de acuerdo con la antigüedad del Asociado de la póliza de hogar la cual cubrirá como mínimo coberturas básicas (Incendio, terremoto, temblor, maremoto, actos mal intencionados de terceros), este será aprobado por la Junta Directiva y Gerente vigentes. .
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 16 y Art 16.1
Requisitos:
Cumplir con lo así estipulado en el reglamento vigente de Solidaridad Art 16 y Art 16.1
